Conoce más sobre el Subsidio al Empleo “IFE Laboral” es un aporte fiscal directo a aquellas las personas que hayan iniciado una nueva relación laboral a partir de Agosto de 2021.
¿Quienes recibirán el IFE Laboral?
Todas las personas que inicien una relación laboral desde el primero de agosto de 2021 con sueldos brutos menores a tres sueldos mínimos ($1.011.000), recibirán un subsidio directo del Estado.
¿Cúal es el monto del IFE?
Los montos a recibir son diferentes según el perfil y se detallan en la tabla que se presenta a continuación:
– Hombres entre 24 y 55 años | – Mujeres – Jóvenes en 18 y 24 años – Hombres mayores de 55 – Personas con discapacidad acreditada | |
Porcentaje de remuneración | 50% | 60% |
Tope del Beneficio | $200.000 | $250.000 |
Ejemplos:
Para un sueldo bruto de 350.000, si eres hombre entre 24 y 55 años, recibirás $175.000 de subsidio. Si eres mujer, o tienes entre 18 y 24 años o mayor de 55 años para el mismo sueldo bruto el subsidio será de $210.000.
Para un Sueldo Bruto de 800.000, si eres hombre entre 24 y 55 años, con un sueldo bruto, recibirás $200.000 de subsidio. Si eres mujer, o tienes entre 18 y 24 años o mayor de 55 años para el mismo sueldo bruto el subsidio será de $250.000.
¿Qué es sueldo Bruto?
Es el monto a pagar por el empleador, antes de los descuentos legales (AFP, Salud, Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y Seguro de Cesantía), este monto lo encuentras en tu liquidación de sueldo como “Total Haberes” o “Remuneración” y sobre ese monto se calculará el IFE laboral.
¿Desde cuándo debo postular al IFE?
La postulación se debe realizar a partir del mes siguiente del inicio de la nueva relación laboral, es decir, si tu contrato se inicia en agosto tienes que realizar la inscripción en Septiembre en el sitio de Subsidio al Empleo.
¿Cuáles son los requisitos del IFE Laboral?
Iniciar una relación laboral con un nuevo empleador, es decir no tener pago de remuneraciones anteriores del mismo empleador y tener al menos declaradas las cotizaciones previsionales desde el inicio del contrato.
¿Este subsidio es parte de mi Sueldo?
No. Este es un aporte directo del Estado y no forma parte del sueldo para los trabajadores, y estará exento de impuestos a la renta, como tampoco será imponible para los descuentos legales, AFP, Salud y Seguros.
¿Cómo se pagará el IFE Laboral?
Se realizará el pago vía transferencia a la cuenta bancaria que registres al momento de tu postulación.
¿Quienes no pueden acceder al subsidio IFE Laboral?
Las personas que estén trabajando de manera independiente o informal, los que presten servicios al Estado de manera dependiente e independiente, aquellas que tengan su relación laboral suspendida por la Ley de Protección al Empleo, incluyendo Ley de Crianza Protegida y quienes estén con licencia médica incluyendo a quienes estén pre y postnatal.