Cuando te enfermas y tu médico te da licencia médica, tienes que considerar que, aunque no te encuentres trabajando, durante el periodo de incapacidad laboral es importante que tus cotizaciones previsionales se sigan realizando, para que no se generen lagunas previsionales que afecten los ahorros futuros.  

La licencia médica puede ser aprobada o rechazada solo por la autoridad de salud correspondiente, nunca por el empleador. El Subsidio de Incapacidad Laboral denominado SIL, reemplaza a la remuneración mientras el trabajador se encuentra con licencia, la cual debe ser aprobada por la entidad de salud que corresponda (Isapre, Fonasa o mutuales si es accidente del trabajo o enfermedad laboral). 

¿Quién paga las cotizaciones dentro del periodo de licencia médica?  

Cuando se aprueba la licencia médica presentada por el trabajador(a), el subsidio de incapacidad laboral (SIL) y las cotizaciones previsionales serán responsabilidad de la institución de salud que corresponda (Isapre, Fonasa o mutuales si es accidente del trabajo o enfermedad laboral).  

Por otra parte, para el caso del Seguro de Cesantía el responsable continúa siendo el empleador. El porcentaje que le corresponderá pagar dependerá de tu contrato del trabajador(a): 2,4% de la remuneración para contrato indefinido y 3% cuando es a plazo fijo.

  

Asimismo, el pago del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) recae como responsabilidad del empleador