Bono por Hijo: ¿Cómo puedo acceder?

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El Bono por Hijo es un beneficio económico que otorga el Estado, con el que se busca aumentar el monto de la pensión de todas las madres, sin importar su condición social, laboral y económica, otorgando una suma por cada hijo nacido vivo o adoptado.

Hay que destacar que el bono no se paga al momento del nacimiento del hijo, puesto que que se abonará a la cuenta de capitalización individual de la beneficiaria, incrementando el saldo disponible para su pensión. Una vez agotado dicho monto, deja de pagarse.

Cuando se otorga el beneficio, este es irrevocable y no tiene costo. El monto equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo (o a partir de la entrada en vigor del beneficio, el 1 de julio de 2009, si el nacimiento fue anterior).

Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en ese momento, es decir $165.000.
Si el hijo nació después del 1 de Julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto vigente durante el mes de nacimiento del hijo.

¿Cómo se calcula?

El monto es variable, ya que dependerá del año y mes de nacimiento del hijo, además de la rentabilidad que se hubiese generado desde esa fecha al momento de la solicitud. A continuación, te presentamos un ejemplo de cómo se realiza el cálculo:

El cálculo de rentabilidad dependerá de:

Hijos nacidos antes de 1 julio 2009: la rentabilidad del monto se calculará a contar de dicha fecha hasta la fecha de la solicitud.

Hijos nacidos después de 1 julio 2009: la rentabilidad del monto se calculará desde el mes de nacimiento, hasta la fecha en que la madre cumpla 65 años.

¿Cómo se puede acceder a este bono?

Este beneficio se encuentra disponible para todas las mujeres afiliadas al sistema de AFP que cumplan con los requisitos y que se pensionen a contar del 1° de julio de 2009. Se pagará desde los 65 años, previa solicitud ante el IPS, Municipio, AFP o Compañía de Seguros (según quién pague la pensión).

Requisitos para optar a este beneficio:

  • Haber cotizado o estar cotizando en una AFP
  • Tener calidad de pensionada después del 1 de julio de 2009
  • Residir en territorio chileno por un periodo de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la madre cumplió 20 años
  • Haber residido en Chile por al menos cuatro años seguidos, en los últimos cinco años, previo a la solicitud de Bono por Hijo
  • Cédula de identidad vigente
  • No recibir una pensión a través de otro sistema previsional (sistema antiguo, Capredena o Dipreca)

¿Dónde solicito el Bono por Hijo?

Si estás afiliada a AFP Modelo, puedes ingresar esta solicitud a través de nuestro sitio web, en la opción Bono por Hijo. También puedes solicitarlo en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. Ubica acá la oficina más cercana a tu domicilio.

De igual forma, puedes solicitarlo por medio del Instituto de Previsión Social (IPS) o en cualquier sucursal de Chile Atiende.