Mitos y realidades de la Reforma Previsional: Lo que debes saber de la PGU, “el autopréstamo” y más

Desde la promulgación de la ley 21.735, el 26 de marzo de 2025, que estableció un nuevo sistema mixto de pensiones, que incluye un Seguro Social previsional en el pilar contributivo e introduce una serie de beneficios y modificaciones regulatorias, han surgido algunos mitos al respecto de los beneficios que conlleva, es por ello que aquí queremos guiarte para que conozcas los cambios reales que introduce la ley.
Mito 1: La PGU aumentará para todos los beneficiarios al mismo tiempo.
Realidad: El aumento de $224.004 a $250.000 será gradual, beneficiando primero a grupos de mayor edad.
📌 ¿Cómo se aplicará el aumento?
Se implementará en 3 etapas para distintos grupos de edad:
- Septiembre de 2025: beneficiarios de la PGU y de leyes de reparación de 82 años o más.
- Septiembre de 2026: beneficiarios de la PGU y de leyes de reparación de 75 años o más.
- Septiembre de 2027: beneficiarios de la PGU y de leyes de reparación de 65 años o más.
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Mito 2: Con la Reforma, existe la posibilidad de retirar los ahorros previsionales, pedir un “autopréstamo o un préstamo para vivienda”.
Realidad: La Reforma Previsional no permite el retiro o autopréstamo de los fondos de la cuenta individual, solo se pueden usar para la pensión.
📌 ¿Por qué?
Durante el proceso de discusión de la Reforma, que inició en 2022, se presentaron distintas propuestas que consideraban el retiro de los fondos, especialmente en el contexto post pandemia. Entre ellas, una de las más conocida fue el autopréstamo, que contemplaba la devolución del monto retirado antes de la pensión.
Sin embargo, estas iniciativas fueron rechazadas en distintas etapas del proceso legislativo, por lo que quedaron fuera de la versión de la Ley N°21.735 que finalmente fue promulgada.
Mito 3: Con la Reforma se crea la primera AFP estatal.
Realidad: La Ley N°21.735, no incluye la creación de una AFP estatal.
📌 ¿Por qué?
En un momento se consideró la creación de la primera Administradora estatal, aunque este elemento no fue incluido en la ley final.
Además, la Reforma introduce otros mecanismos con objetivos similares:
- Incentivar la competencia y diversificación: por ejemplo, a través de la licitación de stock de afiliados y la creación de los fondos generacionales.
- Fortalece el rol del Estado y el pilar solidario: a través de la creación del Seguro Social Previsional que es administrado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). Además, se incorpora un mayor involucramiento del Instituto de Previsión Social (IPS) en la interacción con los afiliados del sistema para proporcionar los afiliados y pensionados los beneficios del Seguro Social Previsional.
¡Estar informado te permite estar preparado! Te explicamos los principales aspectos de forma clara y directa en nuestra sección sobre la Reforma Previsional.