Si arriendas una vivienda con tu grupo familiar, podrías acceder a este beneficio estatal, que cubre parte del arriendo de una vivienda de manera mensual. ¡Sigue leyendo para conocer los detalles! 

¿En qué consiste el subsidio al arriendo? 

Este aporte alcanza un monto total de 170 UF ($6.300.000 aproximadamente), del que se puede hacer uso de forma consecutiva o fragmentada, en un plazo máximo de 8 años. 

Además, si lo desean, sus beneficiarios pueden cambiar de residencia a cualquier región del país y tienen la posibilidad futura de acceder a un subsidio para compra de vivienda.  

¿Cuáles son los requisitos para postular? 

  • Tener 18 años como mínimo. 
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros
  • La postulación debe realizarse como núcleo familiar, lo que significa que la persona solicitante debe incluir al menos a su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. La excepción son aquellas personas que tengan más de 60 años al momento de postular, que pueden hacerlo solas. 
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 70%. Se permitirá una postulación por RSH en cada llamado. 
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF (148.000 pesos aproximadamente) en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular. Esta cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil. Además, debe tener al menos un mes de antigüedad al postular. 
  • El ingreso económico familiar debe situarse entre las 7 y 25 UF ($260.000 a $930.000 pesos aproximadamente). Por cada miembro adicional del grupo familiar que exceda de tres, el límite máximo mensual de ingresos familiares aumentará en 8 UF (alrededor de $297.000).  

Requisitos para la vivienda arrendada y el arrendador 

A continuación, detallaremos los requisitos que deberán cumplir tanto la vivienda como el arrendador para poder acceder a este beneficio: 

Vivienda: 

  • Tener Rol de Avalúo del SII con destino habitacional.  
  • Contar con Certificado de Recepción Final. 
  • Tener como mínimo 3 recintos conformados (zona estar-comedor-cocina un baño y un dormitorio). 
  • No tener prohibición de arriendo ni orden de embargo. 

Arrendador: 

  • Ser dueño de la vivienda. 
  • No estar beneficiado con un subsidio de arriendo vigente. 
  • No tener un vínculo de parentesco con el postulante, como tampoco con algún integrante de su grupo familiar. 

¿Existe alguna limitación al beneficio?  

El valor máximo de la vivienda a arrendar no podrá superar las 11 UF ($409.000 aproximadamente). Sin embargo, tanto este tope como el aporte a recibir pueden variar según la comuna y localización geográfica de la propiedad. 

Además, debes considerar que, si recibes el beneficio por primera vez, tienes un plazo de 24 meses para concretar el contrato de arriendo. De la misma manera, si el arriendo se finaliza antes de que utilices el monto total del aporte, tendrás un plazo de 12 meses para un nuevo arriendo; de lo contrario, el subsidio caducará. 

¿Hasta cuándo se puede postular al subsidio al arriendo? 

El plazo para realizar tu postulación es hasta el 28 de junio, inclusive. Cabe señalar que se realizarán dos cierres de selección, el primero en mayo, y el segundo en junio. 

¿Cómo se postula? 

Puedes realizar el trámite en línea usando tu Clave Única, o de manera presencial en el Serviu de tu región, ya sea en las Oficinas de Atención Presencial o en las instituciones públicas habilitadas por este organismo. Además, para la atención presencial, es posible reservar en www.minvu.cl o llamando a Minvu Aló

Los pasos generales a seguir durante el proceso son los siguientes: 

¿Quieres saber más del subsidio para el arriendo? 

Puedes encontrar más información aquí.