Conoce el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

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Si te encuentras afiliado a una AFP, cuentas con el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Con este seguro, tienes una protección tanto para ti como para tu familia en situaciones de invalidez o fallecimiento.

El SIS es de carácter obligatorio y financiado por tu empleador (es decir, no se te descuenta) mediante pago mensual, durante toda tu vida laboral. Tiene la finalidad de complementar el monto disponible en tu AFP para el pago de una pensión de invalidez o sobrevivencia, resguardándote ante situaciones en las que no puedas trabajar, ya sea de manera temporal o permanente, a causa de una enfermedad o accidente no laboral. 

En resumen, actúa como una importante red de seguridad que busca proteger el bienestar financiero tuyo y de tus seres queridos en momentos de dificultad.

¿Cuál es el porcentaje actual del SIS?

El porcentaje actual de este seguro se encuentra en 1,49% de tu renta imponible, vigente desde abril de 2024.  Cuando eres trabajador dependiente, el seguro es pagado por tu empleador junto con la cotización mensual, y para el caso de los afiliados independientes y voluntarios, deben hacer el pago correspondiente cada vez que realizan el pago de su cotización.

¿Cuáles son los beneficios del seguro?

  • Protege a tu familia en caso de fallecimiento, asegurando a tu cónyuge y beneficiarios un monto de pensión
  • Asegura un monto de pensión adicional en caso de invalidez (ya sea total o parcial) debido a algún accidente o enfermedad de origen no laboral
  • Este seguro no tiene costo para ti
  • Si quedas cesante, estás protegido por el SIS hasta 12 meses después del último pago de tu cotización

¿Quiénes están cubiertos por este seguro?

Todos los afiliados y las afiliadas al sistema de pensiones, hasta 12 meses después del pago de la última cotización, teniendo cobertura hasta los 65 años, para hombres y mujeres, siempre que no estén pensionados.

Para aquellos que no están cubiertos por el seguro, su pensión de invalidez o sobrevivencia se deberá financiar con los fondos acumulados en su cuenta individual.

¿Los trabajadores independientes tienen cobertura?

Aquellos trabajadores independientes que paguen sus cotizaciones previsionales anualmente, durante la operación renta mediante el cálculo que realiza el Servicio de Impuestos Internos, tendrán una cobertura anual del seguro SIS; independiente del monto cotizado. La cobertura se materializa a partir del día 1 de julio del año en que se pagan las cotizaciones y se extiende hasta el día 30 de junio del año siguiente.

También quedarán cubiertos aquellos trabajadores independientes que efectúen voluntariamente el pago mensual de sus cotizaciones en el mes anterior al siniestro.

¿Cómo y dónde puedo cobrar el SIS?

A diferencia del Seguro de Cesantía, el SIS no se cobra directamente, si no que se paga mensualmente a través de una pensión, ya sea de invalidez o sobrevivencia.  

Es decir, para obtenerlo deberás iniciar el trámite de pensión, lo que puedes hacer de manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales o en línea, agendando una hora de tele atención. Si quieres solicitar una pensión de invalidez ingresa aquí, y en caso de requerir gestionar una pensión de sobrevivencia, puedes hacerlo a través del siguiente enlace

¿Quién administra el SIS? 

En el caso del SIS, las AFP tienen un rol de recaudación, es decir, reciben el pago del empleador, pero no se encargan de administrarlo.  

El SIS es administrado por una o más compañías de seguros, elegidas por licitación pública. Luego de recibir la cotización por SIS, la AFP del afiliado envía el monto de seguro a la compañía correspondiente.  

¿Cómo reviso si se pagó mi cotización por SIS? 

Lo puedes revisar en los movimientos de tu cuenta (Mis Ahorros>Últimos movimientos) o en el Certificado Movimientos. Al ser un seguro, queda bajo el nombre “Cotización por Prima” Y “Prima Cobrada”.  

El movimiento «Cotización por Prima«, indica que la AFP recibió el pago desde el empleador, y que el monto ingresó a tu cuenta. 

Luego, la AFP envía tu cotización por SIS a la compañía de seguros licitada, lo que aparece bajo el movimiento «Prima Cobrada«.  

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