Cómo Tramitar una Pensión de Sobrevivencia: Guía Paso a Paso

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En el sistema previsional, existen distintos tipos de pensión, categorizados según el motivo: vejez normal, vejez anticipada, invalidez y sobrevivencia. Precisamente, hoy queremos explicarte en qué consiste esta última y qué pasos debes seguir para activarla, ya que es posiblemente una de las menos conocidas ¡Comencemos!

La pensión de sobrevivencia ocurre cuando un afiliado (conocido en este contexto como causante) fallece y sus ahorros son reclamados por sus beneficiarios legales. Para que conozcas el proceso a fondo, te explicamos los pasos del trámite de pensión de sobrevivencia, de principio a fin.

¿Cuáles son los pasos del trámite de pensión de sobrevivencia?

1. Ingreso de solicitud

Antes de iniciar el trámite de pensión de sobrevivencia debes tener en cuenta que:

  • Para que corresponda solicitar una pensión de sobrevivencia, deben existir beneficiarios legales. Puedes revisar quiénes son beneficiarios ante la ley en la siguiente nota y qué requisitos deben cumplir aquí.
  • Si no existen beneficiarios legales o si la causa del deceso fue un accidente del trabajo o una enfermedad profesional (Ley Nº 16.744), existe la opción de realizar el trámite de herencia.

Puedes ingresar la solicitud a través de la AFP a la que el causante estaba afiliado, ya sea de forma presencial o en línea. Si eres beneficiario de un afiliado de AFP Modelo que falleció, puedes acudir a nuestras sucursales o agendar tu hora de teleatención en nuestra web, donde también podrás revisar los documentos que necesitarás

2. Cálculo

Una vez ingresada tu solicitud, la AFP debe calcular el total de los ahorros del fallecido. Otro factor que influye en el monto a pagar es la relación de parentesco que tengan los beneficiarios con la persona fallecida. Así, la ley determina los siguientes porcentajes para la pensión de cada uno:

Porcentajes

3. Ingreso al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) y Selección de Modalidad

Cuando los ahorros del afiliado fallecido permitan financiar una pensión superior a las 3 UF mensuales para todos los beneficiarios, estos podrán elegir una modalidad de pago de pensión. Conoce más sobre las distintas modalidades y los factores para seleccionar la opción adecuada para ti aquí.

Para esto,

  • Primero la AFP emitirá el Certificado de Saldo y los ingresará al SCOMP. (10 días hábiles luego del ingreso de la solicitud de pensión o de la recepción de la liquidación del Bono de Reconocimiento, si corresponde).
  • Luego, en un plazo de aproximadamente 8 días hábiles, el SCOMP enviará tu Certificado de Ofertas al correo electrónico indicado en la solicitud de pensión o, de no haber registrado uno, mediante carta certificada. 
  • Para aceptar una oferta, los beneficiarios deberán estar de acuerdo y completar el formulario «Selección Modalidad de Pensión».
  • De igual forma, si optaran por desistir del trámite, debe haber común acuerdo entre ellos.
  • En caso de no llegar a acuerdo, si solo un beneficiario realiza la selección, o si el saldo no es suficiente para financiar pensiones iguales o superiores a 3 UF, se asignará la modalidad de Retiro Programado.

4. Pago de pensión

Si la persona ya estaba pensionada antes de su deceso, el pago dependerá de la modalidad de pensión que el afiliado había seleccionado en vida. En general el pago se realiza en la próxima fecha de pago asignada al fallecido, siempre y cuando los beneficiarios hayan sido debidamente acreditados mediante la documentación requerida.

Bajo la modalidad de retiro programado, recibirás tu primer pago de pensión a los 10 días hábiles luego de la selección de modalidad

En el caso de las rentas vitalicias, el primer pago se genera a contar del mes de traspaso de la prima, es decir, del envío de tus fondos de pensión desde la AFP a la compañía de seguros.

¿Necesitas ayuda? Si tienes dudas o necesitas apoyo en este proceso, no dudes en contactarnos a través de nuestros canales de atención.