Ya es ley la Pensión Garantizada Universal o PGU, que entregará hasta $185.000 a las personas mayores de 65 años en Chile. Para conocer más de este nuevo beneficio estatal, los requisitos, cómo postular y las formas de pago de la PGU, compartimos las preguntas más frecuentes.
Información Relevante
Este artículo se irá actualizando de manera constante para entregarte la información sobre la Pensión Garantizada Universal.
Es un beneficio para personas mayores de 65 años, que no requieren estar pensionadas o jubiladas para poder acceder él. Para obtenerlo, se deberá acreditar residencia en el país de al menos 20 años, continuos o discontinuos, a partir del cumpleaños número 20 y haber permanecido al menos 4 de los 5 años previos a su solicitud.
¿Quiénes pueden acceder a PGU?
Todas las personas que, habiendo cumplido 65 años, se encuentren en el 90% de la población más vulnerable, según ingreso por persona del hogar y con un ingreso – sueldo y/o pensión – inferior al millón de pesos.
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¿El pago de las PGU tendrá etapas?
Sí, habrá dos grupos de personas, primero los y las pensionadas de menores ingresos empezarán a recibir los beneficios desde el primer mes de la vigencia de esta ley.
Etapa 1: desde el 1 de febrero de 2022
Pensionados mayores de 65 años con pensiones inferiores a $185.000 recibirán a contar de febrero la Pensión Garantizada Universal por un monto total de $185.000. La PGU reemplazará a: la Pensión Básica Solidaria, el Aporte Previsional Solidario y beneficios de leyes especiales de vejez. Importante: las personas que cumplan estas condiciones recibirán el beneficio de manera automática sin necesidad de trámites.
Etapa 2: desde el 1 de mayo de 2022
Pensionados mayores de 65 años con pensiones superiores a $185.000 con beneficiarios de APS de vejez recibirán a contar de esta fecha el mayor beneficio entre PGU y el APS. La PGU reemplazará al Aporte Previsional Solidario de vejez y beneficios de leyes especiales de vejez. Importante: las personas que cumplan estas condiciones recibirán el beneficio de manera automática, sin necesidad de trámites, luego de un proceso de calificación a realizar por el IPS.
Etapa 3: agosto de 2022:
Personas mayores de 65 años, pensionadas o no, con pensiones y/o sueldos totales entre $185.000 y $630.000, recibirán $185.000 adicionales a su pensión.
Personas mayores de 65 años con pensiones y/o sueldos totales entre $630.000 y $1.000.000 se hará un cálculo para determinar el monto final a pagar por concepto de PGU, ya que a mayor nivel ingresos menor será el monto a pagar por el Estado.
Yo tengo ya una pensión, ¿Puedo acceder a la PGU?
Sí, en el caso de que la pensión sea inferior al millón de pesos y el grupo familiar pertenezca al 90% de los hogares con menores ingresos, las personas podrán recibir la Pensión Garantizada Universal. Los plazos para el pago y los montos se explican en la pregunta anterior.
Estoy pensionado en CAPREDENA o DIPRECA ¿Puedo recibir la PGU?
No, los pensionados titulares o de beneficiario de sobrevivencia de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros no tendrán acceso a este beneficio estatal.
¿Quién paga la PGU?
La Pensión Garantizada Universal será financiada con fondos fiscales. El beneficio será administrado, otorgado y entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS). Para facilitar este proceso, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2022 será pagado por las AFP de los y las pensionadas, por la misma opción de pago y fecha, es decir, en caso de AFP Modelo, el pago se realizará en Servipag o vía depósito bancario. A partir del mes de junio 2022, la PGU empezará a ser pagada por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Tengo los beneficios del Pilar Solidario. ¿Qué sucede en mi caso?
En el caso de las personas mayores de 65 años, la Pensión Garantizada Universal reemplazará por completo los beneficios del Pilar Solidario. Es decir, solo se pagará la Pensión Garantizada Universal. Este proceso será automático, por lo tanto, los pensionados no deberán realizar ningún trámite adicional.
Tengo más de 65 años, pero continúo trabajando, ¿Puedo acceder a la Pensión Garantizada Universal?
Sí, este beneficio es compatible con mantenerse laboralmente activo, siempre que los ingresos totales de la persona no superen el millón de pesos y que el hogar en que vive no se encuentre entre el 10% de mayores ingresos del país.
¿Qué personas no podrán obtener la PGU?
Las personas que tengan pensiones por sobre 1 millón de pesos mensuales; quienes se encuentren en el 10% de mayores ingresos; y aquellos que no puedan demostrar una permanencia superior a los 20 años en nuestro país.
¿Postular a la PGU tiene costo?
No, el proceso de postulación a la PGU es completamente gratuito.
¿El dinero de la PGU se deberá devolver?
No, la PGU es un beneficio estatal para las personas, por lo cual los dineros recibidos por ello no tendrán que ser devueltos por los beneficiarios.
¿La PGU se reajustará?
Sí, la Pensión Garantizada Universal se reajustará cada mes de febrero, según el IPC acumulado. Este reajuste se efectuará de manera anticipada al mes siguiente que alza del IPC supere el 10% entre febrero y diciembre del año previo al reajuste.
¿Se puede suspender el beneficio de la PGU?
Sí, la Pensión Garantizada Universal se suspenderá en los siguientes casos:
- El o la beneficiaria no cobrase la PGU por un periodo de 6 meses continuos,
- En caso de no entregar los datos que comprueben el cumplimiento de los requisitos para la mantención del beneficio.
¿Puedo perder el beneficio de la PGU?
Estas son las razones por las cuales el beneficio de la PGU se puede perder o extinguir.
- Al fallecimiento de la o el beneficiario
- La o el beneficiario permanezca fuera del país por más de 180 días durante el año calendario
- Al entregar datos incompletos, con errores o falsos, con el objetivo de acceder al beneficio
- Si la persona deja de cumplir los requisitos de renta o su hogar, ingresa al 10% de mayores ingresos del país
- Transcurridos 6 meses de la suspensión por no cobro de la PGU.