Tipos de pensiones en Chile: diferencias entre pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia

Como parte de la Seguridad Social, el sistema previsional está diseñado para acompañarte en distintos momentos de la vida. Por eso existen distintos tipos de pensiones, cada una pensada para responder a necesidades específicas. Para ayudarte a entenderlas de forma rápida y clara, preparamos esta guía comparativa donde encontrarás, en un solo lugar, las características de cada pensión, cómo se financian y qué beneficios adicionales podrías recibir.
Pensión de vejez
¿Qué es?
Es probablemente el tipo de pensión en el que piensas cuando se habla del tema: es la pensión a la que puedes acceder una vez que cumples la edad legal. En Chile, esta edad es a los 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres.
¿Cómo se financia?
Se financia con los ahorros de tu cuenta obligatoria en la AFP y las cuentas voluntarias que puedas tener.
¿Qué beneficios adicionales existen para los pensionados por vejez?
Existen distintos beneficios a los que puedes acceder, a partir de los 65 años, y siempre que cumplas con los requisitos:
- Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Bono por Hijo. Conoce más aquí.
- Beneficio por años Cotizados (BAC) y la Compensación por Expectativas de Vida (CEV), introducidos por la Reforma Previsional, siempre que se cumpla con los requisitos.
Pensión de invalidez
¿Qué es?
Es la pensión a la que puedes acceder cuando, antes de cumplir la edad legal para pensionarte, disminuye tu capacidad de realizar tu trabajo, ya sea por una enfermedad o accidente.
Existen dos tipos según el grado de invalidez que determine la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.
- Invalidez parcial: Cuando existe una pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor que 50% y menor a dos tercios. A los tres años desde que se otorga, se hace una reevaluación; si se mantiene o incrementa el grado de invalidez, pasa a ser definitiva.
- Invalidez total: Para quienes tengan una pérdida de su capacidad de trabajo de, al menos, dos tercios.
¿Cómo se financia?
Con los fondos de tu cuenta obligatoria. Además, si la enfermedad o accidente es por causas no laborales y cumples con los requisitos, se puede complementar con el aporte adicional que entrega el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
¿Qué beneficios adicionales existen para los pensionados por invalidez?
- Aporte Previsional de Invalidez (APSI), el que complementa la pensión autofinanciada.
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), paras las personas que no tienen derecho a una pensión bajo ningún régimen previsional.
Pensión de sobrevivencia
¿Qué es?
Es la pensión a la que tienen derecho los beneficiarios legales de una persona afiliada a una AFP cuando fallece. Estos beneficiarios pueden ser:
- Cónyuge o conviviente civil de la persona fallecida.
- Hijas e hijos solteros (menores de edad, estudiantes hasta los 24 años o declarados inválidos).
- Madre o padre de hijas o hijos en común (filiación no matrimonial).
- Madre o padre de la persona fallecida.
Los beneficiarios deben cumplir ciertos requisitos.
El monto que recibe cada beneficiario se determina según su grado de parentesco con la persona afiliada fallecida.
Si no existen beneficiarios legales que cumplan los requisitos, los fondos pasan a ser herencia. Excepcionalmente, y existiendo beneficiarios de pensión de sobrevivencia, si el afiliado fallece a causa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, también se puede cobrar herencia.
¿Cómo se financia?
Se financia con los fondos destinados a pensión de la persona afiliada que falleció.
¿Qué beneficios adicionales existen para los beneficiarios de sobrevivencia?
No existen beneficios específicos para esta pensión. Sin embargo, se puede recibir la pensión de sobrevivencia junto a una pensión propia de vejez o invalidez, y además es compatible con algunos beneficios, como la PGU.
En simple:
| Tipo de pensión | ¿Qué es? | Beneficios adicionales |
|---|---|---|
| Pensión de vejez | Es la pensión a la que puedes acceder al cumplir la edad legal: 60 años mujeres y 65 años hombres. | – PGU. – Bono por Hijo. – Beneficio por Años Cotizados (BAC) y Compensación por Expectativas de Vida (CEV). |
| Pensión de invalidez | Es la pensión para quienes, antes de la edad legal de jubilación, ven disminuida su capacidad de trabajar por enfermedad o accidente. Puede ser parcial o total. | – Aporte Previsional de Invalidez (APSI). – Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). |
| Pensión de sobrevivencia | Es la pensión para los beneficiarios legales de una persona afiliada fallecida. Si no hay beneficiarios, los fondos pasan a herencia. | No existen beneficios adicionales específicos. Es compatible con recibir una pensión propia (vejez o invalidez) y ciertos beneficios como la PGU. |